Reglas de Visitación de MCSO

Print
Share & Bookmark, Press Enter to show all options, press Tab go to next option

REGLAMENTOS PARA VISITANTES / RECLUSOS PARA VISITAS POR VIDEO A DISTANCIA EN SITIO

1) NORMAS GENERALES DE VISITAS: 

a. Todas las visitas de video no privilegiadas están sujetas a monitoreo y grabación por parte de la Oficina del Sheriff del Condado de Maricopa.

b. Los objetos en su residencia, incluidos, entre otros, muebles, fotografías u otros artículos personales, pueden ser claramente visibles detrás de usted durante su visita.

c. Los visitantes deben tener al menos 18 años para tener una cuenta de "Amigos y Familia" aprobada por MCSO / ViaPath para tener una visita por video remota.

d. Los visitantes menores de 18 años deben estar acompañados en la pantalla por un adulto en todo momento durante la visita.

e. "Amigos y familiares" solo pueden crear y utilizar una cuenta con ViaPath. Todas las cuentas adicionales (duplicadas) están sujetas a suspensión y se bloquean para su uso posterior.

f. “Amigos y la“ familia ”solo pueden usar su propia cuenta. El uso de la cuenta de otra persona resultará en una restricción en esa cuenta y esa cuenta está sujeta a ser bloqueada para uso futuro. Si el uso de la cuenta de otra persona lo realiza una persona que ya tiene una restricción, esa restricción puede extenderse por violaciones de la regla de adición.

g. Todos los reclusos y visitantes deben poder ser identificados durante la visita. Si alguna de las personas no puede ser identificada, la visita se puede terminar y se pueden imponer disciplina / restricciones adicionales.

h. Se aplicarán estrictamente las reglas relacionadas con el código de vestimenta, el uso de dispositivos electrónicos, la actividad relacionada con las drogas y otras conductas en la pantalla durante las visitas. La violación de cualquier regla resultará en la cancelación de la visita, resultará en una restricción de 30 días en la cuenta del visitante, podría resultar en que el visitante no tenga más visitas a discreción del personal de MCSO, y el preso puede estar sujeto a acción disciplinaria.

2) COMPORTAMIENTO ILÍCITO:

a. No se tolerará la desnudez, la autoestimulación o CUALQUIER signo de actividad sexual por parte del visitante o del recluso.

b. Nota: La violación de estas reglas resultará en la cancelación de la visita, resultará en una restricción de 30 días y podría resultar en que se le prohíba más visitas a discreción del personal de MCSO. 

No se requiere que el personal de MCSO vea genitales o actividad explícita de cualquier tipo para imponer una restricción de 30 días o imponer una prohibición permanente.

3) CÓDIGO DE VESTIMENTA: Todos los visitantes y reclusos deben permanecer siempre vestidos completa y adecuadamente para una visita. Las violaciones al código de vestimenta incluyen, pero no se limitana:

a. Usar ropa transparente, blusas transparentes o ropa excesivamente reveladora.

b. Cualquier desnudez total o parcial.

c. Usar traje de baño.

d. Ropa que esté por encima de la mitad del muslo, que incluye pantalones cortos de corte.

e. Exhibición de cualquier ropa interior. f. Usar camisetas sin mangas, blusas sin mangas o cualquier prenda que pueda exponer un escote excesivo.

g. Ropa excesivamente ajustada.

h. Usar ropa que pueda mostrar parafernalia, drogas, vínculos con pandillas específicas, nombre, insignia o logotipos..

i. Se deben usar zapatos para las visitas en sito.

j. Los reclusos NO pueden usar ningún tipo de prenda para la cabeza, a menos que sea un artículo religioso aprobado usado apropiadamente.

k. Los reclusos deben estar completamente vestidos durante toda la visita.

4) DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS:

a. No tomar fotografías o grabaciones de video de los reclusos.

b. No se permite el uso de teléfonos celulares adicionales o cualquier otro dispositivo electrónico durante las visitas.

c. Los reclusos NO pueden solicitar ser fotografiados o grabados.

d. No se permite el acceso a computadoras para las redes sociales, como Facebook, Snap Chat. Etc.

e. La publicación de mensajes en nombre de los reclusos resultará en una restricción de 30 días.

f. La transmisión de mensajes a otras partes, excluyendo al asesor legal, resultará en una restricción de 30 días. 

5) ACTIVIDAD DE DROGAS:

a. La exhibición o uso de drogas, alcohol o estar intoxicado durante una visita resultará en la terminación de la visita y se impondrán restricciones al visitante..

6) OTRA CONDUCTA:

a. Los reclusos o visitantes NO pueden participar en NINGUNA actividad o negocio de pandillas. No se muestran tatuajes de pandillas, carteles con las manos de pandillas o colores de pandillas.

b. Los reclusos no pueden hacer que otros reclusos participen de ninguna manera durante una visita.

c. Los visitantes NO pueden visitar a ningún otro recluso ni a varios reclusos. Los visitantes SOLAMENTE PUEDEN visitar con el recluso programado. Si un visitante visita a alguien que no sea el recluso programado, se le impondrá una restricción de 30 días al visitante y ambos reclusos están sujetos a medidas disciplinarias.

d. Los reclusos que transmitan mensajes estarán sujetos a medidas disciplinarias.

e. El abuso verbal o la falta de respeto por cualquiera de las partes resultará en la terminación de la visita.

MCSO se reserva el derecho de cancelar, interrumpir o restringir las visitas y las visitas como resultado de violaciones de las reglas o conducta que interrumpa la seguridad de la instalación, el personal o los reclusos.